Tras leer detalladamente el

Tras leer detalladamente el documento mi observación es la siguiente: El Consejo Profesional de Biología no tiene una razón de ser, ni es necesaria la burocratización del ejercicio de la profesión mediante esta reglamentación. Es suficiente con el título que las Universidades otorgan o niegan a las personas que han cursado sus programas relacionados con al biología. Si este programa es certificado y la persona ha recibido el título de profesional en biología (o afines) con eso basta.
Respuesta:
Se reitera y sugiere ver otras respuestas en el mismo sentido, la H Corte Constitucional ha reconocido la comeptencia de el H Congreso de la República para establecer en el caso de carreras con riesgo social, requisitos adicionales como la MP y un ente que discipline la conducta de sus miembros. Sobre la burocracia referida le aclaramos que los Consejeros no perciben erogación alguna por su trabajo y el número de eprsonas que laboran en el CPBIOLCO es mínimo y básicamente es la estructura que corresponde para dar trámite a las solicitudes y a requerimientos de entes externos que vigilan el actuar del CPBIOLCO.