Tengo las siguientes observaciones e inquietudes (no me deja colocarlas todas)
– Así como se incorporan técnicas y tecnologías , Por qué no incorporar postgrados? Creo que son mas lo biólogos que continua con un post grado y que la norma se queda corta al no tener en cuenta los postgrados.
– Me parece que el Artículo 5 se encuentra contenido en el Articulo 4 .
– El verbo rector del Articulo 7 es «»»»DEBER»»»». no es competencia de otra instancia?.
– Efecto legal de la Ley 1284 de Enero 6 de 2009″»
Respuesta:
las competencia de la Biología son claras, ver art. 2, el caso de carreras afines hace referencia a algunas que desarrollan principios o actividades que derivan de la Biología. Cada una dentro de un marco de competencias claras. La Ley 30 de 1992 establece los ciclos de estudio y sus distintos niveles, por ende en esta Ley lo referente a postgrados no es viable. al ser esta una Ley posterior prevalece sobre las anteriores.