El Consejo, que vela por: “Garantizar el ejercicio de la profesión de la Biología, velando por el cumplimiento de la ley, de las normas y de la ética
profesional con el fin de mejorar y engrandecer la profesión apoyando y fortaleciendo el desarrollo de las ciencias biológicas y en general para que sean
partícipes en el desarrollo del país”.
En ejercicio de las funciones administrativas permanentes de inspección y vigilancia del ejercicio de la profesión de Biólogo, el CPBiol se permite recordar a las IES, el DEBER que tienen sus docentes dentro del campo de la Biología, que tengan el título de profesional en dicha área del conocimiento, para que cuenten con la
matrícula profesional que acredite el ejercicio legal de la profesión y ustedes la exijan.
Lo anterior conforme se expone a continuación y que ha llegado a conocimiento de este Consejo, respecto a algunas interpretaciones sobre la exigencia de dicho
requisito, que desconocen la obligación y las sanciones que se derivan a aquellos que no cuenten con el documento legalmente establecido y aquellos que procedan
a su vinculación sin exigir la misma.