Artículo 1: definir Biolog

Artículo 1: definir Biología, las demas carreras y el “nivel medio”.
Artículo 2: define el “ejercicio de la profesión de Biología” sin distinguir entre lo que hace un profesional, un técnico o tecnólogo
Artículo 15: Por como está redactado, ESTE ARTÍCULO DESPROTEGE POR COMPLETO EL EJERCICIO PROFESIONAL DE LAS PERSONAS EGRESADAS DE CARRERAS DE BIOLOGÍA
Artículo 32 literal C: Es necesario establecer la legalidad de este literal así como está , se presta para incurrir en cohecho””
Respuesta:
No es posible definir las carreras afines en la Ley se establecen unos criterios generales y luego de ellos las entidades técnicas como ICFES o MINEducación, genera esta tarea. Recuérdese que algunas de las conductas establecidas como infracciones al código de ética pueden desembocar en actuaciones sancionables por otras jurisdicciones como lo es la penal.